El período de prueba como parte del proceso de selección

El período de prueba que suele haber en la gran mayoría de las contrataciones tiene como fin, principalmente, que la empresa pueda comprobar por un periodo de tiempo determinado si efectivamente ha contratado a la persona adecuada o si por el contrario se ha equivocado de candidato. Hay ocasiones en las que se pide algún día de trabajo (ilegal) antes de darte el puesto, pero eso no esta bien.

La realidad es que sin firmar el contrato no deberías poner un pie en la empresa como trabajador, a pesar que te lo vendan como período de prueba. Legalmente el período de prueba (al menos en España) comienza una vez firmado el contrato de trabajo y el único motivo por el cual te piden hacer una prueba sin firmar nada es no pagarte ese día que te correspondería si no les gustas. En fin…

Pero la realidad, es que el período de prueba tiene su validez y uno debe tener en cuenta cómo debe comportarse y actuar si comienza en un nuevo empleo. Hay cosas que son obvias y de sentido común, aunque por el caso real que voy a contarte quizá no tanto.

Hace poco un directivo me contó una situación muy peculiar que se dio en su empresa, y que comparto hoy contigo para reflexionar acerca de lo importante que es considerar el período de prueba como parte del proceso de selección.

Resulta que tras un largo proceso de selección, en el que intervino una afamada firma de headhunters, por fin contratan a la que parecía la persona adecuada para un importante puesto en la empresa: nada menos que gerente regional de ventas, de la mitad norte del país. Un puesto bien remunerado, en torno a los 60.000 euros anuales, con coche de empresa, tarjeta bancaria para gastos, teléfono de libre uso, un importante variable según objetivos, etc.

El candidato seleccionado estaba avalado por una buena experiencia profesional y una profunda formación académica en centros de primer nivel. Además de haber realizado perfectas entrevistas que parecían corroborar su magnífico curriculum.

Pues pese a lo bueno que parecía no duró más de quince días en el puesto. ¿Su error?, entrar en las oficinas de un importante cliente comiéndose un helado. Si, así fue. Tal fue la situación que el director general de la empresa cliente informó de ello al director general del «comedor de helados«, llegando a tener por momentos una escena delicada.

Parece obvio que la actitud del nuevo gerente regional de ventas no fue la más adecuada, ya que su comportamiento fue poco menos que grosero. No ya por el hecho en sí de comer en horario laboral y en el despacho de un gran cliente, sino que además parece ser que no sabía comer con educación.

Hay muchas personas que no entienden ni ven justo que se despidiera a esta persona, pues bien, se trata de imagen, de la imagen que quiere la empresa que se transmita y se trata de educación. Uno no puede comer en clase ni en la oficina, a menos que haya un horario establecido en el que se puede hacer y no exista más remedio por no tener comedor o cafetería, pero siempre suele estar recogido en las normas de funcionamiento de la empresa.

Pero aun menos uno puede comer delante de un cliente, me da igual que sea en la oficina tuya, del cliente o en la sala de ventas si se trata de un local comercial. Si se come, es en los lugares habilitados para ello, y en los momentos establecidos. Por ejemplo podrías comer con el cliente o hasta tomar un helado (parece difícil, pero aceptamos «pulpo» como animal de compañía…) con un cliente para cerrar un trato, pero siempre habría sido un acuerdo previo, aceptado por ambos y en un clima laboral normal.

¿Se te ocurren más situaciones que podrían suponer el fin del contrato de trabajo?

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